Sin duda, ésta es una de las preguntas más frecuentes en el sector inmobiliario e hipotecario, y a continuación detallamos y desmenuzamos la respuesta.
La respuesta es: depende.
Sentimos desilusionarte pero no hay una respuesta que aplique siempre, ya que dependes totalmente de varios factores como lo son:
- ¿a qué institución le debe el actual propietario?
- ¿tiene sólo un gravamen o tiene dos (cofianvit)?
- ¿qué saldo debe?
- ¿qué monto tienes disponible tú con tu crédito Infonavit?
Tomando como base esa información, y para facilitarte la vida (ese es nuestro trabajo), aquí te presentamos una matriz con varias posibilidades:
Escenario | ¿Es viable? Y lo que debes saber. |
Si el propietario debe a Infonavit. | Si, siempre y cuando el saldo del actual propietario sea igual o menor que tu monto disponible de Infonavit (es decir, que con tu Infonavit se pague al 100% la deuda). |
Si el propietario debe a una institución diferente. | Si, siempre y cuando la institución a la que se debe tenga facultad de entregar una “Carta de liberación de gravamen condicionada a pago” dirigida a Infonavit.
La mayoría de los bancos más reconocidos pueden entregar una carta así. |
Si el propietario debe un Cofinavit. | No mientras se deban los dos créditos.
Debe primero eliminarse uno de ellos. Nota: si queda “abierto” el gravamen de Infonavit, debes asegurarte de que el monto tuyo sea suficiente para liquidar al 100% el saldo del actual dueño. |
Ahora ya lo sabes, y si tienes dudas, puedes contactarnos y con gusto estaremos a tus órdenes.
Conviértete en dueño de tu nueva casa, aunque esa casa tenga un crédito vigente.