Si vas o tienes pensado comprar una casa con un crédito, indudablemente tendrás que pasar por un proceso en el cuál participará mucha gente que posiblemente no llegues a ver, pero que tienen un rol importante dentro de la operación. Entre ellos y sin duda alguna , los más importantes son el comprador y el vendedor, si alguno de ellos declina, la operación se viene abajo.
Pero ¿cómo asegurarse de que durante ese proceso, (1 mes y medio aprox.) ninguno de los dos se echará para atrás?
Es aquí donde hacemos referencia y recomendamos tener el respaldo de una promesa de compraventa (documento legal), la cual le da formalidad y más tranquilidad a ambas partes de llevar a cabo la operación hasta su conclusión.
¿Qué es?
Es un pequeño contrato en el cuál el comprador y el vendedor se obligan a formalizar la operación en cierto periodo de tiempo, estableciendo ciertas cláusulas que son acordadas por ellos mismos.
¿Con quién la puedo hacer?
Aunque puedes hacerla en privado, al realizarla con un Notario Público tendrá más formalidad.
¿Me cuesta?
Sí tiene un costo, sin embargo es posible que ese costo se tome “a cuenta” de los gastos notariales finales siempre y cuando la operación vaya a formalizarse con esa misma notaría pública.
¿Qué clausulas debe tener una promesa de compraventa?
- La obligación entre ambas partes de llevar acabo la compra/venta de la propiedad.
- El valor pactado para la venta de la propiedad y desglose de cómo se pagará (crédito banco, infonavit, enganche).
- La fecha límite para formalizar la operación.
- Se determina si aplicará una penalización económica para cualesquiera de las partes en el caso de que no finiquiten la operación antes de la fecha indicada y en su caso, se determina el monto o porcentaje de la penalización.
- El manifiesto de que el vendedor dará posesión material del inmueble al momento de la firma de escrituras.
- Ambas partes acuerdan que el anticipo que se dé será 100% reembolsable siempre y cuando la operación no se concluya por causas ajenas al comprador, es decir factores propias del inmueble a otorgar. (esta clausula es opcional)
- Acuerdo que otorga el 100% del anticipo al vendedor en caso de que el comprador llegase a cancelar por voluntad propia la compra venta por causas ajenas al vendedor o propiedad. (esta clausula es opcional)
- Convienen las partes en que todos los gastos, impuestos y derechos de la escrituración del inmueble van por cuenta del comprador, a excepción del ISR quien le corresponde al vendedor.
Habiendo establecido y firmado las clausulas antes mencionadas que le dan formalidad y profesionalismo a la operación de la casa que quieres comprar, podrás estar más tranquilo durante el proceso en el cuál un asesor hipotecario estará manteniéndote al tanto del avance en todo momento hasta la firma de la propiedad.
Así como esta herramienta, hay muchas otras que pueden ayudarte a darle la debida planeación que un proyecto tan importante requiere (una persona llega a comprar 1 o 2 propiedades en promedio a lo largo de toda su vida).
Asesórate, dale certeza a tu proyecto y logra tu méta con éxito.
Atte. Lic. Wenceslao Sáenz
Asesor Hipotecario Profesional (FINANZ)